Corporate Sustainability Reporting Directive(CSRD) exige a las empresas que informen sobre el impacto de sus actividades en el medio ambiente, la sociedad y governance ESG). Estos data de sostenibilidad data presentarse en un formato digital estandarizado para facilitar su verificación y comparación en la base de datos del punto de acceso único europeo. A continuación, los data presentados data objeto de una verificación limitada por parte de terceros, lo que significa que un auditor deberá data. La CSRD tiene como objetivo ayudar a los inversores, las organizaciones de la sociedad civil, los consumidores y otras partes interesadas a evaluar el desempeño en materia de sostenibilidad de las empresas como parte del Pacto Verde Europeo.
Las empresas sujetas a la CSRD deberán presentar sus informes de acuerdo con las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS). Las ESRS son un conjunto de normas que incluyen normas transversales, las cuales establecen disposiciones generales aplicables a la información sobre sostenibilidad, y un conjunto de normas temáticas para abordar los aspectos medioambientales (cambio climático, contaminación, residuos, etc.), sociales (trabajo infantil, trabajo forzoso, libertad de asociación, etc.) y de gobernanza (corrupción y soborno, bienestar animal, etc.). Las ESRS abordan estos cuatro componentes relacionados con la divulgación de información para cada tema:
- Governance
- Estrategia
- Impacto, riesgos y oportunidades
- Matrices y objetivos
¿A quién afecta?
Fase 1: 2024
Las grandes empresas que ya están sujetas a la Directiva sobre información no financiera (NFDR). Las empresas de la «primera fase» deben comenzar a presentar informes de conformidad con los requisitos de la CSRD para el ejercicio fiscal de 2024, y el informe deberá publicarse en 2025. Las empresas deben cumplir al menos dos de los tres requisitos siguientes:
- 500 o más – empleados
- 50 millones de euros – volumen de negocio neto
- 25 millones de euros – en activos
Fase 2: 2025
Esto se aplica a las grandes empresas que cumplan al menos dos de los tres requisitos especificados:
- 250 o más – empleados
- 50 millones de euros – en volumen de negocio neto
- 25 millones de euros – en activos
Fase 3: 2026
A partir del 1 de enero de 2026, la CSRD se aplicará también a las pequeñas y medianas empresas (pymes) que coticen en mercados regulados de la UE y que superen al menos dos de estos umbrales:
- más de 10 empleados
- más de 700 000 euros de facturación neta
- más de 350 000 euros en activos totales
La CSRD no se aplicará a las empresas con menos de 10 empleados o con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros.
Fase 4: 2028
La CSRD se aplicará a las empresas de países no pertenecientes a la UE que cumplan los siguientes requisitos:
- una facturación neta superior a 150 millones de euros en Europa y;
- como mínimo, una filial o sucursal en la UE.
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- Asegurarse de que los data verificados y sean adecuados para la elaboración de informes.
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